Las protestas pacíficas deben ser escuchadas

El abogado de Leipzig, Ralf Ludwig, toma la vía legal y pide a los tribunales que revoquen la revocación parcial del derecho de reunión.

Un comentario de Christiane Borowy.

Déjame decirlo desde el principio: básicamente no tengo ningún deseo de escribir sobre Corona todo el tiempo. Pero el problema es que cada día se hace más necesario que las reclamaciones legalmente registradas de los ciudadanos sean al menos parcialmente anuladas y que al mismo tiempo la protesta contra ellas sea tan fuertemente restringida.

Cualquiera que quiera organizar un evento en este momento, básicamente tiene el problema de que el número de participantes estará severamente limitado y también hay otras condiciones estrictas. Éstos se legitiman por la protección de la población contra la pandemia. Sin embargo, el derecho de reunión también se ve muy socavado. Si sólo se permite a un número muy pequeño de personas participar en una manifestación, entonces la expresión habitual para criticar al gobierno – una manifestación masiva – ni siquiera puede tener lugar. Este fue también el destino de las manifestaciones de Stuttgart, cuyo número de participantes se vio cada vez más restringido por una reglamentación cada vez más reciente.

Sin embargo, a pesar de todas las adversidades, las protestas contra las medidas de Corona siguen teniendo lugar en muchas ciudades alemanas. Hoy, 30 de mayo de 2020, además de las manifestaciones y meditaciones contra las restricciones de la constitución alemana justificadas por la pandemia de la Corona, tendrá lugar en la capital alemana una reunión de protesta contra la base aérea estadounidense Ramstein.

La demanda del abogado Ralf Ludwig de revocar la abolición parcial del derecho de reunión es absolutamente relevante para los manifestantes y organizadores de manifestaciones masivas. Ludwig representa a los organizadores de las mencionadas manifestaciones en Berlín y Stuttgart y pide a los tribunales administrativos y constitucionales que revoquen la prohibición parcial del derecho de reunión fijando un límite general al número de participantes, con lo que “se restablecerán los fundamentos de décadas de protección jurídica efectiva y la importancia especial del derecho de reunión en la crisis de la Corona”, como declaró hace unos días en su comunicado de prensa.

El abogado apoya la iniciativa “Terminar la Base Aérea de Ramstein” en Berlín y la iniciativa “Querdenken 711” en Stuttgart. Ambas iniciativas quisieran llamar la atención sobre sus preocupaciones en las grandes manifestaciones. Se prestará especial atención a las considerables restricciones de los derechos básicos en virtud de los reglamentos de la Corona de los estados federales. La iniciativa berlinesa “Cancelar la Base Aérea de Ramstein” en Berlín ha decidido celebrar su evento el 30 de mayo de 2020 a pesar de las restricciones. Veremos si se puede hacer visible a los políticos, a pesar de las restricciones, que hay un gran número de personas que no están de acuerdo con las decisiones del gobierno.

Al fin y al cabo, se trata de los derechos del ciudadano, que tiene derecho al “control judicial más eficaz posible”. El ataque legal de Ludwig contra la actual jurisprudencia de Corona se basa en dos puntos.

El primer punto de ataque legal: Las anteriores decisiones de los tribunales han puesto fin a la protección legal efectiva que proporcionaban las Ordenanzas de la Corona. Aunque limitar el número de participantes en las manifestaciones es en principio legalmente factible, debe existir un peligro inmediato para las personas y hay que asegurarse de que este supuesto peligro se materialice realmente. En su argumentación a favor de las restricciones, los tribunales se remiten al Instituto Robert Koch y asumen que existe un riesgo de infección por el virus sars-CoV-2 que justifica estas medidas. Sin embargo, el comunicado de prensa de Ludwig afirma

“El Instituto Robert Koch no se adhiere a sus propios parámetros de evaluación de riesgos y sigue difundiendo la opinión de que, a pesar de que el número de casos ha disminuido considerablemente y sigue disminuyendo, de que la carga de la capacidad médica es baja y de que la evolución de la enfermedad es en gran medida leve, existe un alto riesgo para la población en general. El Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (CEPCE) se ha opuesto a esta opinión del Instituto Robert Koch desde finales de abril. Según la CEPD, la población general de las zonas de baja prevalencia (menos de 100 casos por cada 100.000 habitantes) sólo corre un riesgo bajo para la población general y un riesgo moderado para los grupos de riesgo.

Sin embargo, los tribunales administrativos y constitucionales no tomarían nota de estos hechos, critica Ludwig. Esto, dijo, enfrenta la extremadamente problemática situación de que el derecho de reunión “en su núcleo” ya no existe.

En una palabra: no está nada claro qué tendría que cambiar para que la evaluación de la situación de riesgo cambie de alta a media o baja y para que el derecho de reunión vuelva a entrar en vigor sin restricciones. Tres veces más bajo en cuanto a los parámetros número de casos, gravedad de la enfermedad y capacidades médicas, la evaluación del Instituto Robert Koch es alta? Por un lado, esto es incomprensible y también problemático si conduce a la restricción de derechos básicos sustanciales, lo que nos lleva directamente al siguiente aspecto.

El segundo punto de ataque legal de Ludwig es que, al restringir el número de participantes, se está produciendo una nueva y grave invasión del núcleo del derecho de reunión. Esto podría dar lugar a la entrada en vigor del llamado derecho de resistencia si no es posible que los tribunales garanticen la defensa de un derecho fundamental sustancial como el derecho de reunión.

¿Qué es lo que regula el derecho de resistencia? Si todos los medios constitucionales para controlar la acción del Estado dejaran de funcionar, se permitiría a los ciudadanos recurrir a medios para infringir la ley y recurrir a la violencia, por ejemplo, resistiendo a los agentes de policía que quieren alejar a los manifestantes. También se puede encontrar información más detallada sobre el artículo sobre la resistencia en el sitio web del Bundestag. Sin embargo, el derecho de resistencia sería una excepción absoluta y una emergencia, y sería bueno que los tribunales no permitieran que ocurriera en primer lugar.

En una conversación personal le pregunté a Ralf Ludwig si la entrada en vigor del derecho de resistencia significaría automáticamente una guerra civil. Ludwig respondió a esta pregunta con un rotundo “no”. El derecho a la resistencia es un “derecho conservador”, que consiste en que los ciudadanos restauren el orden constitucional. Ludwig hace hincapié en que no es una guerra civil para derrocar un sistema no deseado.

Esta diferenciación es interesante para todos aquellos que, a pesar de todas las críticas, consideran importante operar sobre bases constitucionales. Es absolutamente relevante para las actuales manifestaciones pacíficas. Pero no es interesante para los que quieren violencia. Estos critican las mismas iniciativas que apoyan el estado de derecho y la democracia como antidemocráticas.

Pero si los tribunales no muestran ninguna manera de volver al orden básico constitucional, entonces ellos mismos corren el riesgo de provocar una aplicación del derecho de resistencia. Ludwig quiere usar el procedimiento para concienciar y estimular el debate antes de que llegue a ese punto. Porque no está predeterminado lo que sucede cuando se aplica el derecho de resistencia. Si no se puede lograr un resultado que se ajuste a los derechos fundamentales en el marco del orden existente, los abogados deben por tanto pensar en ello y expresarse en el sentido de un discurso que preserve el estado de derecho, dijo Ludwig en la entrevista: “Espero dar a otros abogados un lenguaje para decir también algo sobre esto”.

¿Qué hace si no puede manifestarse contra los que prohíben las manifestaciones? El poder y la intensidad de la crítica ya no pueden ser llevados al mundo exterior, ¿qué hacer entonces? ¿Quiere destituir a la corte constitucional, o hay otras posibilidades? Estas son cuestiones que muchos abogados podrían abordar, y esto es lo que Ludwig está sugiriendo básicamente: un verdadero debate sobre la preservación de la libertad y los derechos fundamentales, llevado a cabo en un contexto legal y político-social.

Que este debate puede tener éxito, al menos en parte, lo demuestra el hecho de que, según el comunicado de prensa del tribunal y el senado (4), (5) del 28.05.2020, el Tribunal Constitucional de Berlín ha concedido parcialmente la moción urgente de suspensión temporal de varias disposiciones de la Ordenanza de Berlín sobre las medidas necesarias para contener la propagación del Sars-CoV-2, que es válida hasta el 5 de junio de 2020. Concretamente, esto significa que cualquier tipo de montaje es posible de nuevo, siempre que se observen las normas de higiene. La moción general no fue aceptada, lo que significa que el debate debe continuar.

También significa concretamente para el evento de hoy (30.05.2020) “Cancelar la Base Aérea de Ramstein” que cualquier número de participantes puede venir, si siguen las normas de higiene.

Fuentes:

  1. https://www.bundestag.de/dokumente/textarchiv/2013/47878421_kw50_grundgesetz_20-214054
  2. https://www.bundesverfassungsgericht.de/DE/Verfahren/Wichtige-Verfahrensarten/Einstweiliger-Rechtsschutz/einstweiliger-rechtschutz_node.html
  3. https://www.kuendigtramsteinairbase.de/index-mobil.php?S=News_Detail&lang=DE&D=rVDoaS3JyF9hZDLt
  4. https://www.berlin.de/gerichte/sonstige-gerichte/verfassungsgerichtshof/pressemitteilungen/2020/pressemitteilung.937789.php
  5. https://youtu.be/E1vc0b8s0YY

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Gracias al autor por el derecho a publicar.

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Fuente de la imagen: Karsten Jung/ shutterstock

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